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Ley
REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México
Artículo
127

Artículo 127 del REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando el país está en guerra, los ascensos en el ejército o la policía se tienen que tramitar bien rápido, sin tantas vueltas. Las autoridades encargadas no pueden perder el tiempo y deben resolver esas propuestas de inmediato. Esto es porque en una guerra se necesita tener a la gente en los puestos correctos cuanto antes.

Texto oficial

Artículo 127. La situación de guerra condiciona las propuestas de ascensos, por lo que los organismos responsables deberán atenderlas en forma expedita.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México (pág. 22) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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