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Artículo 128 del REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres parte de la Armada de México y ves a un compañero hacer algo muy valiente o con méritos extraordinarios durante una guerra, estás obligado a reportarlo por escrito. Ese reporte se llama "parte" y debes entregarlo siguiendo los canales oficiales de tu jerarquía, es decir, a través de tus superiores directos. Esto puede ayudar a que esa persona obtenga un ascenso o reconocimiento especial por sus acciones. La idea es que nadie se quede sin ser reconocido cuando hace algo excepcional en combate.

Texto oficial

Artículo 128. El personal de la Armada de México que en operaciones de guerra presencie o tenga conocimiento de algún acto de reconocido valor o de extraordinarios méritos, tiene la obligación de formular el parte respectivo y turnarlo por los conductos regulares. Artículo reformado DOF 02-04-2026 CAPÍTULO II De los Ascensos por Méritos Especiales

Ver ley oficial en el DOF (pág. 22) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.