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Artículo 32 del REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Jefatura de Operaciones, después de ponerse de acuerdo con el Alto Mando, les tiene que avisar a los participantes, a través de sus jefes directos, lo siguiente: la lista de quiénes fueron llamados, cuántos lugares hay disponibles, el programa de exámenes médicos y cualquier otra información que pidan otras reglas del proceso de selección. Las partes que antes hablaban de otros puntos ya no son válidas, porque fueron eliminadas de la ley.

Texto oficial

Artículo 32. La Jefatura de Operaciones, previo acuerdo con el Alto Mando, comunicará a las personas participantes por conducto de los Mandos, lo siguiente: Párrafo reformado DOF 11-03-2016, 02-04-2026 I. La relación del personal convocado; II. El número de vacantes a cubrir; III. El programa de evaluación médica, y Fracción reformada DOF 22-09-2010, 11-03-2016 IV. Se deroga. Fracción derogada DOF 22-09-2010 V. Se deroga. Fracción derogada DOF 22-09-2010 VI. La demás información que determinen otras disposiciones aplicables al Proceso de Selección. Fracción reformada DOF 11-03-2016 SECCIÓN SEGUNDA De la Integración de la Información Denominación de la Sección reformada DOF 22-09-2010 REGLAMENTO DE LA LEY DE ASCENSOS DE LA ARMADA DE MÉXICO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 02-04-2026 10 de 29

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

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