- Ley
- REGLAMENTO de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público
- Artículo
- 17
Artículo 17 del REGLAMENTO de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada año, el gobierno hace planes sobre lo que va a comprar, rentar o contratar. Esos planes tienen que actualizarse, si hace falta, a más tardar el último día hábil de cada mes. Para que puedas subir los cambios, la página de internet donde se reporta la información (la 'Plataforma') está abierta solo durante los últimos cinco días hábiles del mes.
Texto oficial
Artículo 17.- Los programas anuales de adquisiciones, arrendamientos y servicios deberán actualizarse, cuando proceda, a más tardar el último día hábil de cada mes, para lo cual la Plataforma estará habilitada durante los últimos cinco días hábiles de cada mes.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.