Artículo 53 del REGLAMENTO de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando se hace un estudio de mercado, el área que va a comprar algo lo usa principalmente para estas cosas: saber si está bien juntar varios productos o servicios en un solo lote, ver si el precio que van a pagar es justo, y fijar un tope de precio para lo que van a comprar (como un tope máximo). También sirve para decidir si conviene pedir descuentos después de una oferta inicial, checar si hay productos similares que sirvan igual, y elegir cómo van a hacer la compra. Por último, ayuda a definir si la compra se hace con reglas especiales para apoyar a proveedores nacionales (como priorizar productos hechos en México en precio, cantidad y calidad).
Texto oficial
Artículo 53.- El resultado de la investigación de mercado será utilizado por el área contratante para, entre otros, lo siguiente: I. Sustentar la procedencia de agrupar varios bienes o servicios en una sola partida; II. Acreditar la aceptabilidad o no conveniencia del precio conforme al cual se realizará la contratación correspondiente; III. Establecer precios máximos de referencia de bienes, arrendamientos o servicios; IV. Analizar la conveniencia de utilizar la modalidad de ofertas subsecuentes de descuento; V. Determinar si existen bienes o servicios alternativos o sustitutos técnicamente razonables; VI. Elegir el procedimiento de contratación que podrá llevarse a cabo; VII. Determinar el carácter del procedimiento de contratación de conformidad con el artículo 39 de la Ley, y VIII. Determinar la conveniencia de aplicar alguna de las reservas contenidas en los capítulos de compras del sector público de los tratados en relación al precio, cantidad, calidad y oportunidad de la proveeduría nacional.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.