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Artículo 113 del Reglamento Abrogado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si te multaron por algo relacionado con compras del gobierno, tienes que pagar la multa y luego entregar el comprobante a la Secretaría de la Función Pública. Así ellos publican en CompraNet que ya no estás inhabilitado para trabajar con el gobierno. Si no lo haces, y quieres participar en una licitación nueva, tienes que incluir una copia simple del comprobante de pago junto con tu oferta. La dependencia que organiza la licitación va a revisar ese comprobante al evaluar tu propuesta.

Texto oficial

Artículo 113.- Para efectos de lo dispuesto por el tercer párrafo del artículo 60 de la Ley, el licitante o proveedor acreditará que ha pagado la multa que se le impuso, presentando a la Secretaría de la Función Pública el documento comprobatorio del pago correspondiente, a fin de que se publique en CompraNet que la inhabilitación ha dejado de surtir efectos. En defecto de lo señalado en el párrafo anterior, los licitantes deberán agregar a sus proposiciones copia simple del documento comprobatorio de pago referido en el citado párrafo, el cual será tomado en consideración por la dependencia o entidad convocante durante la evaluación de las proposiciones.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 68) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.