Artículo 17 del Reglamento Abrogado
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada año, el gobierno hace un plan de todo lo que piensa comprar, rentar o contratar. Ese plan se puede ajustar o modificar durante los últimos cinco días del mes en que se pueda trabajar (de lunes a viernes, sin contar festivos o fines de semana). Esto significa que si algo cambia, solo tienes esa ventana de tiempo para actualizarlo. Es como si cada mes tuvieras unos pocos días para hacer cambios en tu lista de compras.
Texto oficial
Artículo 17.- Los programas anuales de adquisiciones, arrendamientos y servicios deberán actualizarse, cuando proceda, durante los últimos cinco días hábiles de cada mes.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.