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Artículo 69 del Reglamento Abrogado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de la Función Pública va a revisar cómo trabajan los testigos sociales (personas que observan las licitaciones del gobierno para vigilar que todo sea legal). Para eso, va a checar los reportes que entregaron y lo que dijeron sobre su participación, viendo que hayan seguido las reglas de la ley. También puede preguntarles a las dependencias, a los que participaron en las licitaciones o al órgano de control interno cómo fue su desempeño. Además, puede hacer encuestas entre los participantes para saber si los testigos ayudaron a que todo fuera más transparente y sin corrupción. Esta evaluación se hace cada año, pero si hay razones de peso, se puede hacer en cualquier momento.

Texto oficial

Artículo 69.- La Secretaría de la Función Pública evaluará la actuación de los testigos sociales en los procedimientos de contratación conforme a lo siguiente: I. Se tomarán en cuenta los informes parciales y el testimonio de su participación, analizando que los mismos se apeguen a las disposiciones previstas en la Ley y este Reglamento y reflejen las condiciones bajo las cuales se desarrollaron dichos procedimientos conforme a la información que, en su caso, se obtenga de la dependencia o entidad de que se trate, de los licitantes y del órgano interno de control; II. Se podrán realizar encuestas entre los licitantes, sobre la percepción de si la participación de los testigos sociales contribuye a promover la libre participación, inhibir actos de corrupción y fomentar la transparencia; III. Cuando se considere necesario, se podrá solicitar información a las dependencias y entidades cuyos procedimientos de contratación fueron atestiguados por el testigo social de que se trate, así como al órgano interno de control, y IV. Se considerarán los resultados de los exámenes que se apliquen a los testigos sociales en los cursos de capacitación que se impartan para actualizar sus conocimientos sobre la aplicación de la Ley y los Tratados. REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-02-2024 47 de 81 La evaluación de los testigos sociales se realizará anualmente y, cuando existan elementos que lo justifiquen, podrá llevarse a cabo en cualquier momento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 46) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.