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Artículo 101 del REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres poner una hipoteca o algún otro tipo de deuda sobre un avión que se use para dar servicio de transporte aéreo (como una aerolínea mexicana), primero debes pedirle permiso por escrito a la Agencia Federal de Aviación Civil. Después de tener ese permiso, tienes que anotar ese acuerdo en el Registro Aeronáutico Mexicano para que sea válido. En caso de que un juez ordene embargar o asegurar un avión que es el único que da servicio en una ruta, la misma Agencia debe pedirle al juez que haga lo necesario para que el servicio no se interrumpa.

Texto oficial

ARTÍCULO 101. El acto por el cual se constituya la hipoteca o un gravamen sobre aeronaves destinadas por las personas concesionarias, asignatarias o permisionarias mexicanas a la prestación de servicios de transporte aéreo, debe: Párrafo reformado DOF 31-05-2023 I. Contar con la autorización previa de la Agencia Federal de Aviación Civil, en los términos de la fracción V de los artículos 15, fracción V y 15 Bis, fracción V, de la Ley, y constar por escrito, e Fracción reformada DOF 31-05-2023 II. Inscribirse en el Registro Aeronáutico Mexicano. En los casos de embargo o cualquier otro aseguramiento judicial de aeronaves destinadas a servicios de transporte aéreo regular de personas pasajeras, carga, correo o una combinación de éstos, se debe informar a la Agencia Federal de Aviación Civil a fin de que solicite a la autoridad que decrete la medida provea lo necesario para que no se interrumpa el servicio, si se trata del único prestador de servicios. Párrafo reformado DOF 31-05-2023

Ver ley oficial en el DOF (pág. 45) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.