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Artículo 108 del REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes una concesión, permiso o asignación para operar aeronaves, drones, motores o hélices, estás obligado a reportar a la Agencia Federal de Aviación Civil y a los diseñadores del equipo cualquier falla, defecto, mal funcionamiento o situación que pueda afectar que la aeronave vuele de forma segura. Eso incluye también problemas con reparaciones o modificaciones. Debes hacerlo según lo que marque la norma técnica correspondiente. Básicamente, si algo sale mal con el equipo, tienes que avisar para evitar accidentes.

Texto oficial

ARTÍCULO 108. La persona concesionaria, asignataria, permisionaria u operadora aérea tiene la obligación de dar aviso a la Agencia Federal de Aviación Civil y a la organización responsable del diseño de tipo de la aeronave, sistemas de aeronaves pilotadas a distancia, motor o hélice o a la organización responsable del diseño de la modificación o reparación, las fallas, casos de mal funcionamiento, defectos y otros sucesos que tengan o pudieran tener efectos adversos sobre el mantenimiento de la aeronavegabilidad, de acuerdo con la disposición técnico-administrativa aplicable. Artículo reformado DOF 31-05-2023 Capítulo III De las operaciones de vuelo

Ver ley oficial en el DOF (pág. 49) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.