- Ley
- REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil
- Artículo
- 115 Bis
Artículo 115 Bis del REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 115 Bis dice que el piloto o comandante de un avión tiene dos obligaciones principales. Primero, debe cumplir con todas las reglas de aviación, tanto las de México como las de otros países donde vuele. Segundo, tiene que conocer bien las leyes y procedimientos que aplican en las zonas por donde va a volar, en los aeropuertos que va a usar, y en los servicios de navegación aérea. En pocas palabras, el piloto debe saber y respetar todas las reglas del lugar donde esté operando.
Texto oficial
ARTÍCULO 115 Bis. La persona comandante o piloto al mando de la aeronave deberá de: I. Cumplir con la normatividad de aviación civil nacional e internacional del lugar en donde opere, y II. Conocer las leyes, reglamentos y procedimientos, aplicables al desempeño de sus funciones prescritos para las zonas que han de atravesar, para los aeródromos que han de usar, y para los servicios e instalaciones de navegación aérea correspondientes. Artículo adicionado DOF 31-05-2023
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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.