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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LAC/149
Ley
REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil
Artículo
149

Artículo 149 del REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Agencia Federal de Aviación Civil va a crear las reglas oficiales para controlar el ruido de los aviones. Estas reglas incluirán cómo medir el ruido, cómo evaluarlo, y también pondrán una fecha límite y los requisitos que se deben cumplir. En pocas palabras, van a definir hasta cuándo y cómo los aviones deben cumplir con los límites de ruido permitidos.

Texto oficial

ARTÍCULO 149. La Agencia Federal de Aviación Civil emitirá las normas oficiales mexicanas y las disposiciones técnico-administrativas relativas a la homologación de ruido que contemplarán los parámetros y criterios de medición y evaluación, así como la fecha límite, requisitos y condiciones de cumplimiento. Artículo reformado DOF 31-05-2023

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil (pág. 69) ↗

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