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Ley
REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil
Artículo
15

Artículo 15 del REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien te renta una aeronave, por ejemplo un avión o helicóptero, no puede decirte que tú te hagas cargo de ciertas obligaciones que son suyas. Él tiene la obligación de mantener al día el certificado de aeronavegabilidad (que el avión esté en condiciones de volar) y el certificado de matrícula (los papeles de identificación), además del seguro. También es su responsabilidad darle mantenimiento a la aeronave, no puede pasarte esa chamba a ti. En pocas palabras, el dueño o quien renta el avión no se puede lavar las manos y dejar que tú resuelvas esos pendientes.

Texto oficial

ARTÍCULO 15. A la persona permisionaria que preste servicios aéreos a terceros bajo la modalidad de renta de aeronaves a terceros, le está prohibido pactar la cesión de las siguientes responsabilidades: Párrafo reformado DOF 31-05-2023 I. Mantener vigente el certificado de aeronavegabilidad y el certificado de matrícula, así como la póliza de seguro de la aeronave, y II. Tener bajo su responsabilidad el mantenimiento de las aeronaves. REGLAMENTO DE LA LEY DE AVIACIÓN CIVIL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 31-05-2023 7 de 100 La persona permisionaria se debe cerciorar de que el personal técnico-aeronáutico que vaya a tripular la aeronave rentada cuente y porte la licencia, certificado de aptitud psicofísica y capacidades vigentes correspondientes al tipo de la aeronave que rente. Párrafo reformado DOF 31-05-2023

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil (pág. 6) ↗

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