Artículo 159 del REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Todos los pilotos o comandantes de una aeronave tienen el mismo derecho de usar el espacio aéreo, como si fuera una carretera compartida. Pero si hay reglas de vuelo que digan quién tiene prioridad (por ejemplo, una ambulancia aérea o un avión en emergencia), ese piloto debe esperar o cederle el paso. En pocas palabras, todos vuelan en igualdad, a menos que las normas digan que alguien tiene preferencia.
Texto oficial
ARTÍCULO 159. Toda persona comandante o piloto al mando de la aeronave tiene el mismo derecho de uso del espacio aéreo, a menos que se encuentre en alguna de las prioridades que señalen las reglas de tránsito aéreo correspondientes. Artículo reformado DOF 31-05-2023
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.