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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LAC/167
Ley
REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil
Artículo
167

Artículo 167 del REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes una empresa de aviación o te dedicas al transporte aéreo, tú eres el responsable de hacer el plan de vuelo, la lista de carga y el balance del avión. También debes vigilar que los vuelos y las operaciones de las aeronaves se hagan según las reglas oficiales mexicanas. Esto aplica tanto si tienes una concesión, asignación o permiso, como si eres una empresa autorizada por la Agencia Federal de Aviación Civil para dar servicios de despacho o control de vuelos. En resumen, además de lo que dice el artículo anterior, tú te encargas de que todo esté bien planeado y seguro antes y durante el vuelo.

Texto oficial

ARTÍCULO 167. Toda persona concesionaria, asignataria, o permisionaria de transporte aéreo, así como las personas morales que autorice la Agencia Federal de Aviación Civil y que presten los servicios de despacho, o bien, de despacho y control de vuelos, además de lo señalado en el artículo anterior, es responsable de elaborar el plan operacional de vuelo, el manifiesto de carga y balance, así como de realizar la vigilancia de vuelos y de la operación de aeronaves de conformidad con las normas oficiales mexicanas y las disposiciones técnico-administrativas correspondientes. Artículo reformado DOF 31-05-2023 Capítulo III De las reglas del aire

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil (pág. 73) ↗

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