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Artículo 167 del REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes una empresa de aviación o te dedicas al transporte aéreo, tú eres el responsable de hacer el plan de vuelo, la lista de carga y el balance del avión. También debes vigilar que los vuelos y las operaciones de las aeronaves se hagan según las reglas oficiales mexicanas. Esto aplica tanto si tienes una concesión, asignación o permiso, como si eres una empresa autorizada por la Agencia Federal de Aviación Civil para dar servicios de despacho o control de vuelos. En resumen, además de lo que dice el artículo anterior, tú te encargas de que todo esté bien planeado y seguro antes y durante el vuelo.

Texto oficial

ARTÍCULO 167. Toda persona concesionaria, asignataria, o permisionaria de transporte aéreo, así como las personas morales que autorice la Agencia Federal de Aviación Civil y que presten los servicios de despacho, o bien, de despacho y control de vuelos, además de lo señalado en el artículo anterior, es responsable de elaborar el plan operacional de vuelo, el manifiesto de carga y balance, así como de realizar la vigilancia de vuelos y de la operación de aeronaves de conformidad con las normas oficiales mexicanas y las disposiciones técnico-administrativas correspondientes. Artículo reformado DOF 31-05-2023 Capítulo III De las reglas del aire

Ver ley oficial en el DOF (pág. 73) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.