Artículo 71 del REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres una aerolínea o empresa que tiene permiso para transportar pasajeros o carga y uno de tus aviones se accidenta, tienes que entregarle a la Agencia Federal de Aviación Civil una copia completa de la lista de pasajeros y carga que iban en ese vuelo. También debes informarles qué estás haciendo para pagar las indemnizaciones, que son las compensaciones económicas que les tocan a los afectados o a sus familias. Esto aplica sin importar si tienes una concesión, asignación o permiso para operar.
Texto oficial
ARTÍCULO 71. Para los efectos de los artículos 61 a 63 de la Ley, toda persona concesionaria, asignataria o permisionaria que transporte personas pasajeras o carga, cuya aeronave se haya accidentado, debe presentar ante la Agencia Federal de Aviación Civil copia completa del manifiesto de REGLAMENTO DE LA LEY DE AVIACIÓN CIVIL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 31-05-2023 33 de 100 carga y personas pasajeras del vuelo siniestrado e informar sobre las acciones que efectúe respecto al pago de las indemnizaciones correspondientes. Artículo reformado DOF 31-05-2023
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.