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Artículo 104 del REGLAMENTO de la Ley de Asociaciones Público Privadas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo explica los requisitos que debe cumplir una sociedad con propósito específico, que es un tipo de empresa creada solo para desarrollar un proyecto en particular, como una obra de infraestructura. La empresa debe ser mexicana y su capital (el dinero y bienes que la forman) solo se puede usar para el objetivo de la empresa, como construir una carretera. Su actividad principal debe ser únicamente ese proyecto, aunque puede incluir tareas extras que ayuden a realizarlo. El dinero mínimo de la empresa debe ser igual o mayor al que se fijó en las reglas del proyecto, y tiene que estar completamente pagado y sin derecho a retiro (no puedes sacar tu inversión). Además, los documentos oficiales de la empresa y sus acciones deben incluir lo que dice el artículo 105, y los encargados de dirigirla deben cumplir con lo que pidan las reglas de adjudicación (las condiciones del contrato).

Texto oficial

Artículo 104.- La sociedad con propósito específico a que se refiere el artículo 91 de la Ley deberá cumplir con los requisitos siguientes: I. Ser una sociedad mercantil de nacionalidad mexicana; II. Tener naturaleza jurídica conforme a la cual su capital social esté afecto exclusivamente al objeto social, como la anónima, la anónima promotora de inversión, y la de responsabilidad limitada, con la modalidad o no de capital variable; III. Su objeto social será, de manera exclusiva, el desarrollo del proyecto, sin perjuicio de incluir cualquier otra actividad complementaria al propio proyecto; IV. El capital mínimo de la sociedad deberá: a) Ser igual o superior al señalado en las bases de adjudicación del proyecto, y encontrarse totalmente suscrito y pagado; b) No tener derecho a retiro, y c) Documentarse en serie especial de títulos; V. Los estatutos sociales, y los títulos representativos de su capital social, deberán incluir las menciones a que se refiere el artículo 105 inmediato siguiente de este Reglamento; VI. Sus administradores deberán cumplir los requisitos que, en su caso, se hayan señalado en las bases de adjudicación, y VII. Los demás necesarios para recibir las autorizaciones que el proyecto implica, así como los señalados en las demás disposiciones aplicables a las actividades del propio proyecto.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 33) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.