Artículo 110 del REGLAMENTO de la Ley de Asociaciones Público Privadas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los papeles adicionales que se agregan a un contrato pueden mantenerse en secreto, pero solo si así lo permite la Ley de Transparencia. Eso significa que si la información es muy delicada, por ejemplo, para proteger la seguridad nacional o secretos comerciales, puedes esconderla del público. No es que puedas ocultar cualquier cosa; tienes que seguir las reglas de esa ley para que sea válido. En corto, el contrato puede tener partes privadas, pero siempre bajo las condiciones que marca la ley.
Texto oficial
Artículo 110.- La información contenida en los anexos del contrato podrá ser clasificada como reservada, de conformidad con lo previsto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Artículo reformado DOF 20-02-2017
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.