Artículo 120 del REGLAMENTO de la Ley de Asociaciones Público Privadas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 120 dice que lo que menciona el artículo 119 (sobre cuándo el gobierno puede cambiar un contrato) aplica solo después de ciertos pasos. Si el proyecto se ganó por concurso o invitando a al menos tres personas, cuenta desde que se entregaron las ofertas económicas. Si fue por adjudicación directa (cuando el gobierno elige a alguien sin competencia), aplica desde que se firmó el contrato. Básicamente, las autoridades no pueden hacer cambios antes de esos momentos.
Texto oficial
Artículo 120.- Se considerará que el supuesto previsto en el artículo 119, fracción I, de la Ley se actualiza cuando los actos de las autoridades competentes tienen lugar con posterioridad: I. A la presentación de las ofertas económicas, en el caso de proyectos adjudicados mediante concurso, o mediante invitación a cuando menos tres personas, y II. A la fecha de celebración del contrato, en el caso de adjudicación directa.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.