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Artículo 127 del REGLAMENTO de la Ley de Asociaciones Público Privadas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando alguien hace una propuesta sin que el gobierno la haya pedido (como cuando ofreces hacer un proyecto por tu cuenta), el expediente debe tener estos papeles: 1. La propuesta completa con todos sus anexos, más lo que diga el promotor (la persona que la hizo) según el artículo 45 de este reglamento. 2. La opinión de la dependencia o entidad del gobierno federal sobre esa propuesta. 3. Si se abre un concurso para elegir la mejor oferta, los documentos del artículo 49 de este reglamento. 4. Si el gobierno decide comprar los estudios que ya hizo el promotor, los papeles que muestren cuánto le van a pagar. 5. Cualquier otro documento que el gobierno considere importante para demostrar que todo se hizo legal.

Texto oficial

Artículo 127.- En caso de propuestas no solicitadas, presentadas en términos de lo dispuesto en el Capítulo Tercero de la Ley, el expediente incluirá los documentos siguientes: Párrafo reformado DOF 31-10-2014 REGLAMENTO DE LA LEY DE ASOCIACIONES PÚBLICO PRIVADAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 20-02-2017 41 de 50 I. La propuesta, con sus anexos, así como las declaraciones del propio promotor, mencionadas en el artículo 45 de este Reglamento; II. La opinión de la dependencia o entidad federal sobre la propuesta recibida; III. En el evento de que se proceda a convocar a Concurso, los documentos a que se refiere el artículo 49 de este Reglamento; IV. De adquirirse los estudios en términos del artículo 32 de la Ley, los documentos relativos a la determinación de los montos a cubrir al promotor, y V. Los demás documentos que la dependencia o entidad considere relevantes para demostrar que todas las actuaciones se ajustaron a las disposiciones de la Ley, de este Reglamento y demás aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 40) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.