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Artículo 10 del REGLAMENTO de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada año, en enero, el Estado Mayor (que es la gente encargada de organizar los ascensos militares) debe publicar unas guías llamadas Instructivos. Ahí se explica cuántos puestos van a abrirse para cada rango y especialidad, según las vacantes que haya. También dice quiénes pueden participar, cuándo serán los exámenes, dónde se aplicarán, qué materias y temas estudiar, y qué ropa, equipo o material necesitas llevar. Todo esto es para que sepas exactamente cómo será el proceso de promoción.

Texto oficial

ARTÍCULO 10.- Para efectos de los artículos 16 y 23 de la Ley, el Estado Mayor publicará en el mes de enero de cada año los Instructivos de las Promociones General, Especial y de Sargentos Primeros Especialistas, conteniendo cada uno de ellos cuando menos la siguiente información: la cantidad de ascensos que se otorgarán en cada jerarquía y especialidad, de acuerdo a las vacantes existentes; el efectivo participante; el período general de pruebas; la ubicación de los centros de examen; los exámenes y pruebas que se presentarán, señalando las materias y temas que deban estudiarse; el vestuario, el equipo y el material necesario, así como las demás prescripciones comunes que regirán cada promoción.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.