- Ley
- REGLAMENTO de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional
- Artículo
- 103
Artículo 103 del REGLAMENTO de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 103 dice que un acto de reconocido valor es cuando un militar, por su cuenta y sin apoyo, se enfrenta al enemigo sabiendo que puede morir, pero lo hace para ayudar a su equipo, a sus compañeros o a la gente común.
Texto oficial
ARTÍCULO 103.- Los actos de reconocido valor, son aquéllos en los que la persona militar enfrente aisladamente al enemigo, consciente de poner en riesgo su vida en beneficio de su unidad, compañeros o de la población civil. Artículo reformado DOF 20-03-2026
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