Artículo 51 del REGLAMENTO de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Las oficinas principales (Direcciones Generales) deben avisar a los trabajadores que ya cumplieron con todos los requisitos de la ley, 15 días antes de que empiece el proceso de ascenso o promoción. Eso significa que te tienen que informar con tiempo, no a último momento, para que sepas que ya estás listo para participar.
Texto oficial
ARTÍCULO 51.- Las Direcciones Generales harán las comunicaciones correspondientes al personal que haya acreditado los requisitos establecidos en la Ley con 15 días de anticipación al inicio de su participación en la Promoción.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.