Artículo 66 del REGLAMENTO de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres Oficial o Mayor Especialista y quieres ascender al siguiente grado, necesitas cumplir con ciertos requisitos. Si tienes un título o diploma, debes entregar una copia certificada y pasar un trámite que verifique que tu documento es auténtico. Si aprendiste tu especialidad por tu cuenta, sin estudios formales, tendrás que presentar un examen práctico y obtener un dictamen técnico aprobatorio de la Dirección General de Educación Militar. Ese dictamen es un documento que confirma que sí tienes las capacidades y habilidades necesarias para el puesto.
Texto oficial
ARTÍCULO 66.- Las personas con jerarquía de Oficiales y Mayores Especialistas para tener derecho a participar en la Promoción para el ascenso a un grado inmediato superior, deberán cubrir los requisitos siguientes: I. Las que no cuentan con escalafón, presentarán copia certificada del título profesional, diploma o certificado que acredite los conocimientos respectivos del nivel de estudios correspondientes, previo trámite para verificar la autenticidad del documento, de conformidad con las disposiciones aplicables, y II. Las que hayan obtenido empíricamente los conocimientos de su especialidad, presentarán, previo examen práctico, el dictamen técnico aprobatorio de sus capacidades y habilidades expedido por la Dirección General de Educación Militar y Rectoría de la Universidad y del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional. Artículo reformado DOF 20-03-2026
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.