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Artículo 88 del REGLAMENTO de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando termine cada junta, el secretario o secretaria de la Comisión de Evaluación tiene que hacer un reporte con lo que se habló y los problemas que pasaron. Este reporte debe incluir los resultados y cualquier situación especial que haya ocurrido durante la sesión. La fecha de la última modificación a esta regla fue el 20 de marzo de 2026, según el Diario Oficial de la Federación. En pocas palabras, es un requisito para dejar por escrito todo lo importante que sucedió en la reunión.

Texto oficial

ARTÍCULO 88.- Al término de cada sesión, la persona titular de la Secretaría de la Comisión de Evaluación, elaborará el reporte de análisis y consulta con los resultados e incidentes que se presenten. Artículo reformado DOF 20-03-2026

Ver ley oficial en el DOF (pág. 22) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.