- Ley
- REGLAMENTO de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional
- Artículo
- 90
Artículo 90 del REGLAMENTO de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Comisión de Evaluación hace una serie de actividades para revisar y calificar algo, y a eso se le llama "proceso de evaluación". Este proceso sirve para cumplir con lo que dice el artículo 33 de la Ley, que es su propósito principal. En pocas palabras, son los pasos que sigue la Comisión para hacer su trabajo de evaluar.
Texto oficial
ARTÍCULO 90.- Se entiende por proceso de evaluación a las actividades que realiza la Comisión de Evaluación para dar cumplimiento al propósito que le establece el artículo 33 de la Ley.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.