Artículo 116 del REGLAMENTO de la Ley de Aeropuertos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que el aeropuerto, las aerolíneas y las empresas que dan servicios ahí tienen la obligación de mantener las plataformas donde aterrizan los aviones bien limpias, sin derrames de combustible, aceite, líquidos, basura o desperdicios. Cada quien debe hacerse cargo de lo que le toca, y el aeropuerto es el encargado de vigilar que se cumpla. Además, no se puede dejar carga, correo o equipaje amontonado en esas plataformas. Solo se permite tener ahí las maletas, paquetes o correspondencia que estén a punto de subirse al avión o que se vayan a llevar rápido a las áreas de equipaje o almacenes, siempre y cuando no estorben las operaciones.
Texto oficial
Artículo 116. El administrador aeroportuario, los transportistas aéreos y los prestadores de servicios aeroportuarios o complementarios deben mantener las plataformas de operación limpias de contaminantes por combustible, lubricantes, líquidos, desperdicios y basura, para lo cual deberá tomar las medidas necesarias en lo que a cada uno corresponda. El administrador aeroportuario será responsable de supervisar que se cumpla lo anterior. En las plataformas de operación no se debe almacenar carga, correo o equipaje; sólo se permitirá concentración de equipaje, carga o correo que vayan a ser embarcados de inmediato o que vayan a ser trasladados a las zonas de equipaje, almacenes de carga o correo, siempre y cuando no afecten las operaciones en la plataforma.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.