Artículo 127 del REGLAMENTO de la Ley de Aeropuertos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada aeropuerto abierto al público o que dé servicio a otras empresas debe tener un manual con reglas claras. Ahí tiene que incluir los datos de contacto de la administración, como dirección, teléfonos y correo, además del organigrama del personal. También debe detallar qué servicios ofrece (como estacionamiento o comida), cómo se prestan, cuánto cuestan y qué hacer si tienes una queja. Además, debe explicar cómo se asignan los horarios de aterrizaje, las medidas de seguridad para emergencias y cómo se controla el acceso a áreas restringidas. Todo esto es para que tanto los usuarios como los empleados sepan cómo funcionan las cosas y a quién recurrir si hay un problema.
Texto oficial
Artículo 127. Las reglas de operación de cada aeródromo de servicio al público o de servicio particular con servicios a terceros deberán contener: I. Respecto de la administración: a) La dirección postal, telegráfica, dirección de red fija aeronáutica (AFTN) números telefónicos, fax y clave de correo electrónico del administrador aeroportuario dentro del aeródromo civil; REGLAMENTO DE LA LEY DE AEROPUERTOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Ultima Reforma DOF 29-08-2025 40 de 66 b) El organigrama general del concesionario o permisionario relativo al aeródromo civil, y c) El directorio telefónico de las áreas operativas; II. Respecto de los servicios aeroportuarios y complementarios: a) La relación de los servicios aeroportuarios y complementarios con que cuenta el aeródromo, así como la descripción de los servicios que prestan y las condiciones de eficiencia y niveles de calidad; b) La relación de los servicios aeroportuarios y complementarios que requieran de certificación técnica para su prestación; c) Los procedimientos necesarios para la prestación segura y eficiente de cada uno de los servicios aeroportuarios y complementarios; d) Los requisitos de contratación de terceros para la prestación de los servicios aeroportuarios y complementarios; e) Obligaciones y responsabilidades del administrador, prestador de servicio y usuario, y f) Procedimiento para la atención de quejas, conflictos y reclamaciones entre el administrador, los usuarios y prestadores de servicios; III. Los lineamientos para la asignación de horarios de aterrizaje y despegue, así como de posiciones; IV. Las tarifas por servicios aeroportuarios y complementarios, sus bases y condiciones de aplicación, así como su vigencia; V. Los programas de capacitación y adiestramiento para el personal que presta cada uno de los servicios aeroportuarios y complementarios; VI. En relación con las normas generales de seguridad derivadas del programa local de seguridad del aeródromo: a) Las obligaciones de cada prestador de servicios ante cualquier irregularidad que se presente en el aeródromo; b) Los señalamientos, letreros e indicaciones para la evacuación del aeródromo en casos de emergencia, y c) Los procedimientos relacionados con la guarda y entrega de objetos perdidos o abandonados en el aeródromo; VII. Los procedimientos a seguirse para el movimiento de personas, aeronaves y vehículos en el aeródromo en: a) Las zonas restringidas; b) El área de circunscripción del aeródromo, y REGLAMENTO DE LA LEY DE AEROPUERTOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Ultima Reforma DOF 29-08-2025 41 de 66 c) La expedición de la identificación de acceso a las zonas restringidas de personas y vehículos; VIII. Las condiciones para la prestación de servicios comerciales; IX. Evaluación de demoras y cancelación de vuelos; X. Los mecanismos y procedimientos de protección del ambiente en la zona circundante del aeródromo civil de conformidad con las disposiciones aplicables y las autorizaciones expedidas al efecto por autoridad competente, y XI. La integración del comité de operación y horarios y su reglamento interno.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.