Artículo 147 del REGLAMENTO de la Ley de Aeropuertos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los negocios que dan servicios en los aeropuertos, como tiendas o restaurantes, tienen la obligación de comprar un seguro. Ese seguro los protege si llegan a causar algún daño a otras personas, por ejemplo, a un cliente o visitante. También cubre los daños que hagan a las instalaciones del aeropuerto, como a los edificios o equipos. Y por último, el seguro sirve si dañan o destruyen el propio local del negocio, como el puesto o la oficina donde trabajan.
Texto oficial
Artículo 147. Los prestadores de servicios comerciales contratarán una póliza de seguro para garantizar su responsabilidad civil en los casos de: I. Daños que ocasionen a terceros; II. Daños a bienes del aeródromo, y III. Daño o destrucción del local comercial.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.