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Artículo 4 del REGLAMENTO de la Ley de Aeropuertos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los aeródromos militares son pistas de aterrizaje que usa el Ejército o la Marina. Algunos de estos aeródromos, por acuerdos especiales que hicieron con el gobierno, también pueden recibir aviones de uso civil (como aviones de pasajeros o particulares). Cuando eso pase, deberán seguir las mismas reglas que cualquier otro aeropuerto civil, es decir, la Ley de Aeropuertos y este Reglamento. En pocas palabras, aunque sea un lugar militar, para los vuelos civiles aplican las mismas normas de siempre.

Texto oficial

Artículo 4. Los aeródromos militares de las Secretarías de la Defensa Nacional y de Marina que conforme a las bases o convenios celebrados con la Secretaría están facultados para realizar operaciones civiles, se regirán en la realización de tales operaciones por la Ley, este Reglamento y demás disposiciones aplicables. REGLAMENTO DE LA LEY DE AEROPUERTOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Ultima Reforma DOF 29-08-2025 2 de 66

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

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