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Ley
REGLAMENTO de la Ley de Aeropuertos
Artículo
60

Artículo 60 del REGLAMENTO de la Ley de Aeropuertos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Solo pueden cargar combustible adentro del aeropuerto los aviones y los vehículos que los ayudan en tierra. El que vende el combustible tiene que llevar un registro de cuánto le da a las aerolíneas, a aviones del gobierno, a vuelos de rescate o ayuda humanitaria, y a cualquier otro que la Secretaría autorice.

Texto oficial

Artículo 60. El servicio de suministro de combustible debe prestarse únicamente a las aeronaves y equipo de apoyo terrestre que se encuentren dentro del aeródromo. El prestador del servicio de suministro de combustible deberá llevar el control de la cantidad de combustible que suministre a los transportistas aéreos y operadores aéreos, a las aeronaves de Estado y vuelos en funciones de rescate, búsqueda y asistencia humanitaria u otro que autorice la Secretaría.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Aeropuertos (pág. 20) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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