Artículo 81 del REGLAMENTO de la Ley de Aeropuertos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si una empresa dueña de un aeropuerto o que da servicios ahí quiere dejar de ofrecer solo una parte de esos servicios (como estacionamiento o comida), necesita pedir permiso del gobierno antes de hacerlo. Para que le den el permiso, debe demostrar que la seguridad de los aviones y del aeropuerto no va a estar en riesgo. La solicitud se debe entregar al menos tres meses antes de la fecha en que planea suspender el servicio, aunque el gobierno puede aceptarla en menos tiempo. Además, tiene que explicar por qué quiere hacer el cambio, llevar los documentos que comprueben que todo está en orden, y también incluir la opinión del comité de operación y horarios del aeropuerto.
Texto oficial
Artículo 81. Los concesionarios y permisionarios sólo podrán interrumpir permanentemente en forma parcial la prestación de alguno de los servicios aeroportuarios o complementarios que vienen prestando, previa autorización de la Secretaría, para lo cual deberán acreditar que no se afecta la seguridad para la atención de las aeronaves y del aeródromo civil de que se trate. La solicitud correspondiente deberá presentarse ante la Secretaría cuando menos con tres meses de anticipación a la fecha en que se pretenda interrumpir el servicio; la Secretaría podrá autorizar que se presente en un plazo menor. La solicitud respectiva deberá señalar las razones que motivan dicha REGLAMENTO DE LA LEY DE AEROPUERTOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Ultima Reforma DOF 29-08-2025 26 de 66 decisión y acompañar la documentación necesaria para acreditar la procedencia de su solicitud, así como la recomendación que al respecto haya emitido el comité de operación y horarios.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.