Artículo 82 del REGLAMENTO de la Ley de Aeropuertos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres dueño de un aeropuerto o tienes un permiso para operarlo y quieres cerrarlo para siempre, primero tienes que pedir permiso oficialmente. Eso significa que debes presentar una solicitud ante la autoridad que te otorgó el permiso. Esto se hace para que se cumpla con lo que dice el artículo 26, fracción II de la misma ley. En pocas palabras, no puedes dejar de dar servicio de un día para otro sin avisar y sin autorización.
Texto oficial
Artículo 82. En caso de que el concesionario o permisionario pretenda interrumpir permanentemente en forma total los servicios aeroportuarios y complementarios, deberá presentar su solicitud para los efectos del artículo 26, fracción II, de la Ley.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.