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Ley
REGLAMENTO de la Ley de Aeropuertos
Artículo
88

Artículo 88 del REGLAMENTO de la Ley de Aeropuertos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando la Secretaría decida hacer cambios en los permisos o licencias de los que tienes, está obligada a avisarte por escrito. En ese aviso te debe decir claramente las razones del cambio, desde cuándo aplica y, si se puede, cuánto tiempo va a durar. También te tiene que explicar exactamente cómo vas a tener que cumplir con lo que te piden a partir de ese momento.

Texto oficial

Artículo 88. La Secretaría deberá notificar por escrito a los concesionarios y permisionarios la adopción de las modalidades señaladas, precisando las causas, la fecha de inicio y, en caso de ser posible, su duración, así como los términos conforme a los cuales estarán obligados a realizar las actividades correspondientes.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Aeropuertos (pág. 27) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.