- Ley
- REGLAMENTO de la Ley de Aeropuertos
- Artículo
- 88
Artículo 88 del REGLAMENTO de la Ley de Aeropuertos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando la Secretaría decida hacer cambios en los permisos o licencias de los que tienes, está obligada a avisarte por escrito. En ese aviso te debe decir claramente las razones del cambio, desde cuándo aplica y, si se puede, cuánto tiempo va a durar. También te tiene que explicar exactamente cómo vas a tener que cumplir con lo que te piden a partir de ese momento.
Texto oficial
Artículo 88. La Secretaría deberá notificar por escrito a los concesionarios y permisionarios la adopción de las modalidades señaladas, precisando las causas, la fecha de inicio y, en caso de ser posible, su duración, así como los términos conforme a los cuales estarán obligados a realizar las actividades correspondientes.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.