- Ley
- REGLAMENTO de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural
- Artículo
- 151
Artículo 151 del REGLAMENTO de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Asamblea es la reunión más importante de la colonia, donde todos los vecinos pueden participar y tomar decisiones. Es como el máximo poder dentro de la colonia. Cómo se organiza, cómo funciona y quiénes la forman se define en el Reglamento Interno de la colonia, que son las reglas del lugar.
Texto oficial
Artículo 151.- La Asamblea es el órgano supremo de las Colonias, en la que participan todos los colonos. Su constitución, funcionamiento e integración deberán establecerse en el Reglamento Interno de la Colonia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.