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Ley
REGLAMENTO de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural
Artículo
151

Artículo 151 del REGLAMENTO de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Asamblea es la reunión más importante de la colonia, donde todos los vecinos pueden participar y tomar decisiones. Es como el máximo poder dentro de la colonia. Cómo se organiza, cómo funciona y quiénes la forman se define en el Reglamento Interno de la colonia, que son las reglas del lugar.

Texto oficial

Artículo 151.- La Asamblea es el órgano supremo de las Colonias, en la que participan todos los colonos. Su constitución, funcionamiento e integración deberán establecerse en el Reglamento Interno de la Colonia.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural (pág. 29) ↗

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