- Ley
- REGLAMENTO de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural
- Artículo
- 160
Artículo 160 del REGLAMENTO de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Comité Técnico de Valuación es el grupo de expertos dentro de la Secretaría que se encarga de calcular cuánto vale un terreno de campo o cultivo, y también de dar opiniones oficiales sobre esos terrenos cuando se necesita un peritaje. En pocas palabras, son los que determinan el precio justo de propiedades rurales y emiten documentos técnicos para usarlos en trámites legales.
Texto oficial
Artículo 160.- El Comité Técnico de Valuación es la instancia técnica de la Secretaría, responsable de la emisión de avalúos de predios rústicos y dictámenes periciales.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.