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Ley
REGLAMENTO de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural
Artículo
160

Artículo 160 del REGLAMENTO de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Comité Técnico de Valuación es el grupo de expertos dentro de la Secretaría que se encarga de calcular cuánto vale un terreno de campo o cultivo, y también de dar opiniones oficiales sobre esos terrenos cuando se necesita un peritaje. En pocas palabras, son los que determinan el precio justo de propiedades rurales y emiten documentos técnicos para usarlos en trámites legales.

Texto oficial

Artículo 160.- El Comité Técnico de Valuación es la instancia técnica de la Secretaría, responsable de la emisión de avalúos de predios rústicos y dictámenes periciales.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural (pág. 30) ↗

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