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Artículo 81 del REGLAMENTO de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes dinero guardado en el FIFONAFE por tus derechos como ejidatario, solo necesitas pedirlo por escrito, mostrar tu identificación y un documento que demuestre que eres dueño de la tierra, como el certificado agrario. Si no tienes ese certificado, también puedes presentar un papel oficial de un juez o de una autoridad que diga que tú eres el beneficiario. Con eso, el FIFONAFE te debe entregar los recursos sin más trámites.

Texto oficial

Artículo 81.- Si el monto indemnizatorio depositado en el FIFONAFE corresponde a los ejidatarios en lo individual, para la entrega de los recursos bastará su solicitud escrita de retiro, identificación, certificado de derechos agrarios o parcelarios o, en su caso, sentencia o resolución emitida por autoridad judicial o administrativa a favor del beneficiario.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 17) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.