Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 96 del REGLAMENTO de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los terrenos baldíos son aquellos que le pertenecen al gobierno federal (la Nación), porque nunca se han dado en propiedad a nadie mediante un documento legal válido. Además, estos terrenos no han sido medidos ni se han puesto sus límites oficialmente. Básicamente, son áreas que siguen siendo del gobierno porque nadie ha demostrado legalmente ser el dueño.

Texto oficial

Artículo 96.- Son baldíos, los terrenos de la Nación que no han salido de su dominio por título legalmente expedido y que no han sido deslindados ni medidos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.