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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LBOGM/63
Ley
REGLAMENTO de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados
Artículo
63

Artículo 63 del REGLAMENTO de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si la Secretaría te cita para aclarar una inspección y tú respondes por escrito aceptando los fallos que te señalan, ellos tienen que sacar su resolución en los siguientes 20 días hábiles. Es decir, si admites las faltas, la autoridad no se tarda: tiene un plazo fijo para decirte qué pasa. Los días hábiles son de lunes a viernes, sin contar festivos. Así que, si aceptas tu error, prepárate para una respuesta rápida de su parte.

Texto oficial

Artículo 63. Cuando la Secretaría competente emplace al presunto infractor y éste comparezca mediante escrito aceptando las irregularidades circunstanciadas en el acta de inspección, la Secretaría procederá, dentro de los veinte días hábiles siguientes, a dictar la resolución respectiva.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados (pág. 26) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.