Artículo 29 del REGLAMENTO de la Ley de Biocombustibles
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si quieres vender, guardar o transportar biocombustibles (como el biodiésel o el etanol para autos), todo lo que toque directamente el combustible (como tuberías, tanques o contenedores) debe cumplir con reglas de seguridad y calidad. Esas reglas pueden ser mexicanas (las Normas Oficiales Mexicanas) o de otros países, pero siempre las más estrictas. Esto es para que no haya fugas, accidentes o contaminación.
Texto oficial
Artículo 29. Para la Autorización y los permisos de Producción, Almacenamiento, Transporte, Distribución, Comercialización y Expendio al Público de Biocombustibles, los equipos, tuberías, instalaciones, tanques, contenedores y demás elementos que tengan contacto directo con estos, deben cumplir con estándares nacionales o internacionales de seguridad y calidad, y Normas Oficiales Mexicanas aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.