- Ley
- REGLAMENTO de la Ley de Biocombustibles
- Artículo
- 33
Artículo 33 del REGLAMENTO de la Ley de Biocombustibles
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La SENER (la Secretaría de Energía) solo puede darte permisos si cumples con todo lo que dice la Ley, su Reglamento y otras reglas relacionadas. Esto significa que no te pueden autorizar algo si no sigues los pasos y requisitos que ya están escritos. En pocas palabras, para que te den luz verde, todo debe andar conforme a las normas.
Texto oficial
Artículo 33. El otorgamiento de permisos por parte de la SENER se debe ajustar a los criterios establecidos en la Ley, el Reglamento y las demás disposiciones aplicables. SECCIÓN I De las Autorizaciones
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.