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Artículo 43 del REGLAMENTO de la Ley de Biocombustibles

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes un permiso para transportar biocombustibles, tú eres el responsable de revisar y asegurarte de que el combustible mantenga su calidad, cantidad y características desde que lo recibes hasta que lo entregas, todo de acuerdo con las reglas oficiales mexicanas. También tienes prohibido echarle cosas o cambiarle la composición al combustible para que sea diferente a como debe ser. En otras palabras, no puedes "aguarlo" o modificarlo de ninguna manera.

Texto oficial

Artículo 43. Las personas titulares de un permiso de Transporte, son responsables de medir y conservar las características, calidad y cantidad del tipo de Biocombustibles que transporten, desde su recepción y hasta la entrega final, de conformidad con las Normas Oficiales Mexicanas y demás normatividad aplicable. De igual forma, queda prohibido Alterar o Adulterar los Biocombustibles que transporten.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.