Artículo 11 del Reglamento Abrogado
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada año, en enero, los Consejeros del Gobierno Federal y los Consejeros Independientes deben entregar un escrito a la Secretaría de la Función Pública y al Consejo de Administración. En ese documento tienen que declarar, bajo protesta de decir verdad, que no están en ninguna situación que les impida trabajar o que genere un conflicto de interés, según lo que marca la Ley y el Reglamento. Además, deben anotar todos los trabajos, cargos o comisiones que hayan tenido durante el año anterior, y también cualquier contrato de asesoría o negocio que hayan hecho por su cuenta o en el que hayan participado en ese mismo periodo. Básicamente, es un reporte anual para asegurarse de que no haya favoritismos o problemas legales en su labor.
Texto oficial
Artículo 11.- Los Consejeros del Gobierno Federal y los Consejeros Independientes presentarán a la Secretaría de la Función Pública, y al Consejo de Administración, durante el mes de enero de cada año, un escrito en el que manifiesten, bajo protesta de decir verdad, que no se ubican en alguno de los supuestos de impedimento o conflicto de interés a que se refieren la Ley y el presente Reglamento, así como señalar en dicho escrito las demás actividades profesionales, empleos, puestos, cargos o comisiones que hayan desempeñado en el año calendario inmediato anterior, así como todos aquellos contratos de asesoría o los que en ejercicio de sus actividades profesionales hayan celebrado de forma personal o en los que hubiesen participado, durante el mismo periodo. Artículo reformado DOF 09-02-2015
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.