Artículo 17 del Reglamento Abrogado
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando el Comisario (la persona encargada de vigilar que todo esté en orden) revisa cómo va el año en la empresa, si se da cuenta de que alguien podría tener un conflicto de interés (es decir, que sus intereses personales afecten sus decisiones en el trabajo), tiene que avisar inmediatamente a la Secretaría de la Función Pública, que es la dependencia del gobierno que se encarga de combatir la corrupción. Para eso, el Comisario debe enviar un dictamen, que es un informe con su opinión y los detalles del caso. Esta regla aplica solo cuando se hace la evaluación anual que menciona otro artículo de la ley.
Texto oficial
Artículo 17.- Si como parte de la evaluación anual a que se refiere el artículo 120 de la Ley, el Comisario detecta un posible caso de conflicto de interés, remitirá inmediatamente a la Secretaría de la Función Pública, el dictamen correspondiente. Artículo reformado DOF 09-02-2015 Sección Tercera Remuneración de los Integrantes del Consejo de Administración
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.