Artículo 53 del Reglamento Abrogado
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que varias dependencias del gobierno, como el SAT, el IMSS, el Infonavit y la Secretaría del Trabajo, van a compartir información con la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y sus empresas, pero solo si firman un convenio de colaboración. Si tú quieres contratar con la CFE, tienes que dar tu permiso por escrito para que esas dependencias le entreguen a la CFE los datos que necesiten para verificar que cumples con los requisitos que pide la ley.
Texto oficial
Artículo 53.- Para efectos de lo dispuesto en el artículo 85, fracción II, inciso c) de la Ley el Servicio de Administración Tributaria, el Instituto Mexicano del Seguro Social, el Instituto del Fondo Nacional de la REGLAMENTO DE LA LEY DE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 09-02-2015 13 de 15 Vivienda para los Trabajadores y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, compartirán con la Comisión Federal de Electricidad y sus empresas productivas subsidiarias la información correspondiente, conforme a los convenios de colaboración que al efecto celebren. Las personas interesadas en contratar con la Comisión Federal de Electricidad y sus empresas productivas subsidiarias deberán manifestar por escrito su anuencia para que las autoridades a que se refiere el párrafo anterior entreguen a dichas empresas cualquier información necesaria para comprobar los requisitos señalados en el precepto mencionado en el párrafo anterior.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.