Artículo 56 del Reglamento Abrogado
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 56 básicamente dice: para entender qué significa "control" o "influencia significativa" en esta ley, tienes que irte a lo que dice la Ley del Mercado de Valores. Ahí, en su artículo 2, fracciones III y XI, están las definiciones exactas de esos términos. Así que, en lugar de repetir todo aquí, la ley te manda directo a esa otra parte. No te preocupes, solo es un enlace legal para aclarar conceptos.
Texto oficial
Artículo 56.- Para efectos de la fracción XXVII del artículo 12 de la Ley, se entiende por control o influencia significativa lo señalado en el artículo 2, fracciones III y XI, de la Ley del Mercado de Valores, respectivamente.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.