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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LCFE_090215/56
Ley
Reglamento Abrogado
Artículo
56

Artículo 56 del Reglamento Abrogado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 56 básicamente dice: para entender qué significa "control" o "influencia significativa" en esta ley, tienes que irte a lo que dice la Ley del Mercado de Valores. Ahí, en su artículo 2, fracciones III y XI, están las definiciones exactas de esos términos. Así que, en lugar de repetir todo aquí, la ley te manda directo a esa otra parte. No te preocupes, solo es un enlace legal para aclarar conceptos.

Texto oficial

Artículo 56.- Para efectos de la fracción XXVII del artículo 12 de la Ley, se entiende por control o influencia significativa lo señalado en el artículo 2, fracciones III y XI, de la Ley del Mercado de Valores, respectivamente.

Ver texto oficial del Reglamento Abrogado (pág. 13) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.