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Artículo 36 del REGLAMENTO de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría, junto con el gobierno y otros sectores, usará indicadores para medir cómo van los apoyos a las MIPYMES (micro, pequeñas y medianas empresas), por ejemplo, si crecen o si los programas salen más caros que los beneficios. También contratará a escuelas o expertos para que hagan evaluaciones externas y den su opinión honesta. Cada año, tendrá que informar de forma clara a las autoridades que vigilan el gasto público y a la ciudadanía sobre los resultados de los programas. Si algo no funciona, se cambiará o cancelará, y si algo sale bien, se reforzará. Por último, se revisará si las MIPYMES están avanzando o rezagadas en competitividad.

Texto oficial

Artículo 36. Para garantizar la ejecución, seguimiento y evaluación permanente del Sistema y los subsistemas, la Secretaría, con la participación del Sector Público y los Sectores, implementará: I. El establecimiento de Indicadores estratégicos para evaluar: a) El desarrollo empresarial y el efecto de los apoyos en el desempeño de las MIPYMES; b) El impacto y los resultados en el cumplimiento de los objetivos y el costo-beneficio de las MYPIMES; c) La cobertura y el volumen de atención a las MYPIMES, y d) La autosuficiencia financiera de los diferentes programas. II. Los mecanismos de evaluación externa a través de instituciones académicas de investigación u órganos especializados, que cuenten con experiencia en la materia; REGLAMENTO DE LA LEY PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 24-05-2018 12 de 13 III. El mecanismo para la presentación de información de manera periódica y transparente, al menos anualmente, a las instancias fiscalizadoras correspondientes y a la ciudadanía, según corresponda, sobre los avances y resultados de cada uno de los programas instrumentados; IV. Sistemas de mejora continua para corregir deficiencias y desviaciones en forma adecuada y oportuna, así como reforzar los programas de fomento exitosos y cancelar aquéllos que no justifiquen su impacto, costo-beneficio o viabilidad, y V. Parámetros para conocer los avances o rezagos en el desarrollo de la competitividad de las MIPYMES.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.