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Artículo 16 del REGLAMENTO de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable en Materia de Organismos, Instancias de Representación, Sistemas y Servicios Especializados

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión Intersecretarial (un grupo de varias dependencias del gobierno) tiene que asegurarse de que, al formar consejos regionales entre varios estados, se tomen en cuenta los planes de desarrollo rural más importantes para cada región. Por otro lado, la Secretaría (la dependencia encargada) va a checar, a través de sus representantes en los consejos estatales, que los acuerdos que se firmen incluyan todo lo necesario para poner en marcha los programas que marca esta ley.

Texto oficial

Artículo 16.- La Comisión Intersecretarial, por conducto de las dependencias que la integran, promoverá que en la integración de los consejos regionales interestatales se tome en consideración la instrumentación de los programas respectivos, atendiendo a las prioridades regionales de desarrollo rural. La Secretaría, por conducto de sus representantes en los consejos estatales que pretendan integrar consejos regionales interestatales, vigilará que en los convenios respectivos se prevea lo relativo a la instrumentación de los programas que establece la Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

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