Artículo 29 del REGLAMENTO de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable en Materia de Organismos, Instancias de Representación, Sistemas y Servicios Especializados
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Aquí está tu explicación: El artículo dice que hay un grupo de varias secretarías de gobierno (la Comisión Intersecretarial) que se encarga de revisar y vigilar cómo trabajan los sistemas y servicios especializados. Esto lo hacen para asegurarse de que se estén cumpliendo las metas de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable y los programas relacionados. Si ven que algo no va bien o que podría fallar, tienen la facultad de proponer medidas para corregir el problema o evitar que ocurra, con el fin de lograr los objetivos. En pocas palabras, ese grupo es como el supervisor que checa que todo esté funcionando como debe.
Texto oficial
Artículo 29.- La Comisión Intersecretarial evaluará y dará seguimiento a las actividades llevadas a cabo por los sistemas y servicios especializados, a fin de constatar el cumplimento de los objetivos enunciados en la Ley, así como en los programas orientados al desarrollo rural sustentable y, en su caso, propondrá las medidas preventivas y correctivas que considere necesarias para su consecución. CAPÍTULO IV DE LOS SISTEMAS
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.