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Artículo 34 del REGLAMENTO de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable en Materia de Organismos, Instancias de Representación, Sistemas y Servicios Especializados

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 32 dice que, para cumplir con los objetivos del programa de apoyo a empresas rurales, la dependencia encargada debe hacer varias cosas. Primero, ayudar a crear y hacer crecer empresas en el campo, diseñando estrategias para abrirles mercado, no solo para productos básicos sino también para exportación. Segundo, impulsar las actividades económicas rurales para que sean más productivas y competitivas. Y tercero, generar más empleos y aumentar los ingresos de los productores del campo.

Texto oficial

Artículo 34.- Para la consecución de los objetivos del Sistema Nacional de Fomento a la Empresa Social Rural, la dependencia coordinadora realizará acciones tendentes a concertar y fomentar: I. La constitución y consolidación de empresas rurales, mediante el diseño y generación de estrategias orientadas al establecimiento de condiciones favorables para ampliar los mercados REGLAMENTO DE LA LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE EN MATERIA DE ORGANISMOS, INSTANCIAS DE REPRESENTACIÓN, SISTEMAS Y SERVICIOS ESPECIALIZADOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 05-10-2004 7 de 9 agropecuarios, no sólo los relativos a alimentos y productos básicos y estratégicos, sino también hacia la diversificación de productos agropecuarios de importancia para la exportación; II. El impulso de las actividades económicas en el ámbito rural, a efecto de incrementar la productividad y la competitividad, y III. El fortalecimiento del empleo y elevación del ingreso de los productores.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.